¿Con 600 semanas y 45 años es conveniente trasladarse a Colpensiones?

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¿Es conveniente trasladarse a Colpensiones si se tienen 600 semanas cotizadas y 45 años?

 

La pregunta que nos hace una consultante en cuanto a que tiene 600 semanas cotizadas y 45 años y está afiliada a un fondo privado si le conviene o no pasarse a Colpensiones, la respuesta en este caso es depende, depende de la situación económica en la cual se encuentre, por la edad y por la semanas que son 600, le harían falta 700 semanas para cumplir el requisito de las 1300 semanas que se exigen en el régimen de prima media administrado por Colpensiones, en edad tiene 45 años le harían falta 12 años para cumplir el requisito de la edad.

“En cuanto a la pregunta de sí es conveniente o no realizar un cambio del fondo privado al régimen de prima media con prestación definida administrada por Colpensiones, la respuesta será que depende de la situación económica en la cual se encuentre y el tiempo que falte para cumplir los requisitos”

 

700 semanas equivalen a mal contados 14 años de cotizaciones, por qué depende, no es una respuesta absoluta en cuanto a que sí le conviene o no le conviene, porque si usted se encuentra trabajando en este momento y tiene la certeza de que en estos 14 años que le faltan para cumplir requisitos, que los terminaría de cumplir a la edad de 59 años va a seguir trabajando la respuesta es sí, trasládese a Colpensiones está en la edad perfecta para trasladarse, en este momento de acuerdo a la circular que sacó la Superintendencia Financiera de Colombia en el 2016 para que usted se pueda trasladar de régimen debe solicitar una doble asesoría tanto al Fondo Privado en el que se encuentra y a Colpensiones y una vez se surta el proceso de doble asesoría se puede trasladar a Colpensiones (aclaramos que en el momento de realizar este video no se había dado a conocer el artículo del proyecto presupuesto para el 2018 que pretende eliminar la doble asesoría para realizar un cambio de régimen pensional, puedes leer el artículo aquí ARTÍCULO 18 DEL NUEVO PROYECTO DE PRESUPUESTO PARA 2018), pero si usted en este momento no tiene trabajo y considera que en 14 años puede ser que no vuelva a trabajar o que está enferma o que tiene algún inconveniente que le impida tener una estabilidad laboral y económica que le permita aportar al sistema lo mejor es que se quede en el fondo privado.

¿Por qué quedarse en el fondo privado?

 

Porque si no tiene derecho a una pensión el fondo privado lo que hace es devolverle ese equivalente de 600 semanas en dinero junto con los rendimientos que durante este tiempo y estos 14 años que faltan para que se pensione le hayan generado esas 600 semanas, no obstante le hace falta mucho tiempo todavía para cumplir requisitos para pensión, 14 años y la verdad es que siempre aconsejo como abogada que se haga el esfuerzo económico así no se tenga trabajo de estar cotizando para pensión.

 

“La coptización al sistema pensional no solo cubre la contingencia de la vejez, no solo estamos ahorrando para nuestra vejez, también nos cubre la contingencia de la invalidez y Dios no lo quiera de la muerte para que a nuestros beneficiarios les quede una prestación económica”

 

Tengan presente que la cotización que se hace, lo que se paga mensualmente del 16% para pensión no solo cubre la contingencia de la vejez, no solo estamos ahorrando para nuestra vejez, también nos cubre la contingencia de la invalidez y Dios no lo quiera de la muerte para que a nuestros beneficiarios les quede una prestación económica. Por lo tanto el consejo y con base al consejo de que usted haga el esfuerzo de seguir cotizando así no tenga un trabajo si lo puede hacer trasládese a Colpensiones, pero si usted ve realmente que la situación económica no es buena y que en 14 años usted cree que no va a mejorar permanezca en el fondo privado, porque siempre va a ser mayor lo que devuelva en aportes un fondo privado que lo que devuelve colpensiones, así está establecido por la Ley 100 es la única ventaja que se tiene de estar afiliado a un fondo privado en comparación con Colpensiones, que la devolución de aportes es más alta en el régimen de ahorro individual que en el régimen de prima media con prestación definida, no obstante todavía le falta mucho tiempo y vale la pena y si puede hacer el esfuerzo económico el consejo es que se traslade a Colpensiones pero dependerá de la situación económica y laboral en la que se encuentre nuestra consultante.

“La única ventaja que se tiene de estar afiliado a un fondo privado en comparación con Colpensiones, que la devolución de aportes es más alta en el régimen de ahorro individual que en el régimen de prima media con prestación definida”

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